
Las comunidades de propietarios también se rigen por una normativa de seguridad industrial que les exige someterse a inspecciones periódicas y obligatorias para los depósitos de gasóleos, los aparatos elevadores y las instalaciones de baja tensión.
¿Qué inspecciones se realizan en las comunidades de propietarios?
Las diferentes inspecciones a las que deben someterse son:
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Inspección de Protección contra Incendios
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Inspección de Ascensores
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Inspección de Instalaciones Petrolíferas
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Inspección de Baja Tensión
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Inspección de Instalaciones Térmicas
Reglamento de Incendios RIPCI
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Regulado por el Real Decreto 53/2017
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Se inspeccionaran los lugares:
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Con más de 25 plazas de garaje y más de 500m2 construidos
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Más de 2000m2 construidos para uso administrativo
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Más de 2000m2 construidos para uso docente
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Más de 5000m2 construidos para uso comercial
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Más de 500m2 construidos para uso público
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Se realizarán inspecciones periódicas cada 10 años
Reglamento de Aparatos Elevadores
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Regulado por el Reglamento de Aparatos Elevadores
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Las inspecciones se regulan de acuerdo con la ITC-MIE-AEM-1 y se realizan:
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En edificios de uso público e industrial, cada 2 años
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En edificios de más de 20 viviendas y 4 paradas, cada 4 años
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El resto cada 6 años
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Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión
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Regulado por el Reglamento de Baja Tensión
Encontramos dos tipos de inspecciones de baja tensión
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Iniciales. Se realizan una vez que se instalan o se realizan modificaciones importantes, además de haber sido documentado ante el Órgano responsable de la CC.AA. Las instalaciones que se inspeccionarán son:
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Locales públicos
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Garajes de más de 25 plazas
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Piscinas con potencias de más de 10kW
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Locales mojados con potencias de más e 25kW
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Locales con riesgo de explosión o incendio
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Instalaciones que cuenten con alumbrado exterior de más de 5kW
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Las zonas comunes de edificios con más de 20 viviendas
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Periódicas
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Todas las instalaciones que se inspeccionaron inicialmente se inspeccionarán cada 5 años con excepción de la Comunidad Valenciana que se realizará cada 4 años.
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Las zonas comunes de edificios de vivienda con una potencia de más de 100kw se inspeccionarán cada 10 años.
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Reglamento de las Instalaciones Térmicas
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Se regula por el Reglamento de las Instalaciones Térmicas en los Edificios y el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.
Las inspecciones se dividen en dos, pero el objetivo común es comprobar que se cumplen las exigencias establecidas por el RITE tanto en las instalaciones de generación de calor y frío como en las instalaciones solares térmicas. Estas se dividen en:
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Inspecciones de la eficiencia energética. Las cuales pueden ser:
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Generadores de calor instaladas después del 1 de marzo de 2008 de las cuales se inspeccionan:
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El combustible con potencia térmica de 20 a 70kW, cada 5 años
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Los gases y combustibles renovables con potencia mayor a 70kW, cada 4 años
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Otros combustibles con potencia mayor a 70kW, cada 2 años
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Los generadores de frío se revisarán cada 5 años si su potencia es mayor a 12kW
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Inspecciones de la instalación completa que se realizan cada 15 años
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Si la potencia es igual o mayor a 12kW en el caso del calor
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Si la potencia es mayor a los 12kW en el caso de ser en frío
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¿Quién hace las inspecciones en las Comunidades de Propietarios?
Estas inspecciones no pueden ser realizadas por cualquiera, debe ser personal cualificado y especializado perteneciente a cualquiera de los Organismos de Control Autorizados (OCA).
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